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Fernando Cabaleiro: “Los monitoreos en la red de agua de Saladillo no son regulares y eso genera una situación de riesgo inadmisible”

Ante la notoria repercusión generada por el reciente fallo del Juzgado Contencioso Administrativo N°4 de La Plata sobre la calidad del agua potable que se provee en la ciudad de Saladillo, el grupo Ecos organizó un encuentro este martes con el abogado Fernando Cabaleiro para evacuar consultas.

En concreto, a través de la sentencia, la Justicia obliga al Municipio a proveer agua potable con niveles de arsénico menores a 10 partes por millón.

De esta manera, Cabaleiro explicó que la Justicia platense dio lugar a la medida cautelar que interpusieron contra el Municipio y la Provincia de Buenos Aires, dado que ambas son responsables de suministrar el recurso a la población.

En tanto, el letrado manifestó que los controles y monitoreos que realiza el Municipio en la red de agua corriente en Saladillo “no son regulares”, generándose una “situación de riesgo inadmisible”.

De hecho, agregó Cabaleiro, en los análisis realizados por el grupo Ecos detectaron contaminación bacteriológica en algunos pozos que son de gravedad.

Ante esta situación, la Justicia ordenó a la Comuna crear un centro de distribución para dotar de agua potable segura a la población, como así también a los centros de salud, escuelas y clubes.

“El fallo habla de un plazo de 15 días hábiles, pero nosotros vamos a ser flexibles y le vamos a dar un tiempo prudencial al Municipio para que cumpla con la medida”, afirmó.

“Lo que está claro es que, si el arsénico en agua da por encima de los 10 microgramos por litro, estamos ante una situación de riesgo. En el caso de otras sustancias, en Saladillo también se hallaron residuos de agrotóxicos. Por lo tanto, el Municipio también debe garantizar que el agua sea segura en ese sentido”, remarcó el abogado ambientalista.

Teniendo en cuenta que el Municipio seguramente apelará la sentencia ante la Cámara Contencioso Administrativo, el letrado indicó que se seguirán los pasos que correspondan.

No obstante, recordó que la Suprema Corte de Justicia de la Provincia, ante situaciones similares que se dieron en Chivilcoy y Bragado, ya fijó doctrina al respecto, señalando que el agua con arsénico no tiene que superar los 10 microgramos por litro.

Cabaleiro recalcó que el fin último de todo esto es que tanto la Provincia como los municipios realicen las obras de infraestructura necesarias, tal es el caso de plantas potabilizadoras, para garantizar agua segura a la población, además de realizar controles y monitoreos regulares en la red, porque “de nada sirve que sean esporádicos”.

“Vale decir también que el arsénico ya no es un problema de contaminación natural que se encuentra en los acuíferos. Hay publicaciones científicas que demuestran que los agrotóxicos y fertilizantes sintéticos son aportantes de arsénico inorgánico. Por lo tanto, el tema es muy serio y hay que hacer algo de inmediato al respecto”, completó.

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